| Caso Uno: Zona economica especial – ZEEDEPUNO |
| sábado, 10 de mayo de 2008 | |
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La ZEEDEPUNO Puno fue creada mediante la ley Nº 28864 y adscrita al Gobierno Regional de Puno mediante ley Nº 29014 con la finalidad de que el gobierno regional supervise el funcionamientote de dicho organismo, respetando su autonomía. Para que se cuente con los recursos para la implementación de la ZEEDEPUNO, la ley del presupuesto del sector público para el año fiscal 2007 asignó una partida presupuestaria de S/.5 000 000.00 (cinco millones de nuevos soles) con cargo a recursos ordinarios. Mediante oficio Nº 3146-2007-YLA-CR3, de fecha 12.11.07, la bancada parlamentaria de Puno solicitó al Gobierno Regional informe sobre el presupuesto asignado a la ZEEDEPUNO, indicando si el monto había sido transferido por el Ministerio de Economía y Finanzas. Pese a que el dinero ya había sido dispuesto por el Presidente del Gobierno Regional a fines distintos a la implementación de la Zona Franca conforme lo demuestra la comunicación remitida con fecha 7.12.074, mediante oficio Nº 666-2007-GR-PUNO/PR5 de fecha 28.11.07, el presidente regional omitió liberadamente brindar información tan revelante, señalando de manera evasiva únicamente que “(…) no se ha efectuado ninguna transferencia presupuestal adicional (…)”. Solo luego de que la bancada le reiterara el pedido dado que en sesión del 19.11.07 el vicepresidente del gobierno Regional de Puno, Sr. Mauro Justo Vilca, señaló que desconocía el uso que se le había dado al monto asignado a la Zona Franca6, el Ing. José Aparicio Castro Quispe Gerente General Regional, mediante comunicación de fecha 07.12.07 7, señala que los S/. 5 000 000.00 de nuevos soles fueron asignados a “nuevos proyectos prioritarios d infraestructura vial de impacto regional” , argumentando que: “ ( …) los recursos presupuestarios financiados por la fuente de financiamiento recursos ordinarios, si no se ejecuta durante el año fiscal retornan al tesoro púúblico del Ministerio de Economía y Finanzas, por consiguiente es una pérdida para el departamento de Puno (…)”. Dado que dicho argumento fue inconsistente, pues el monto de recursos asignados para proyectos de inversión en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 que no se hubieran comprometido o devengado al 31 de diciembre del 2007, se incorporan en los pliegos respectivos y metas correspondiente al Año Fiscal 2008 hasta el mes de marzo 20088, el Presidente del Gobierno Regional envía el oficio Nº 716-2007-GR-PUNO/PR9, de fecha 31.12.07 adjuntado el informe Nº 057-2007-GR-PUNO/GRPPATT elaborado por el Ing. Jaime Yupanqui Vizcarra, Gerente del Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en el cual esgrimen argumentos distintos, pues señala que: “(…) para ejecutar el presupuesto de inversiones, se requiere cumplir inevitablemente con los siguientes requisitos:
Consiguientemente, al no contar con el terreno saneado es imposible elaborar el estudio de preinversión, por lo tanto, el presupuesto de S/. 5,000,000.00 simplemente no se puede ejecutar, tampoco es posible destinar para gastos de funcionamiento (…)”. Dicho argumento, al igual que el anterior, carece de sustento pues de acuerdo a información proporcionada por el presidente del Comité de administración de la ZEEDEPUNO, Sr.Lucio Mamani Ticona, mediante oficio Nº 020-2008-ZEEDEPUNO-F/CA10 de fecha 07.01.08, el proyecto de Inversión Pública a nivel de perfil de la Zeedepuno se encuentra en su etapa final con lo cual se evidencia que no era imprescindible contar con el terreno para avanzar con dicho proyecto de inversión . Es pertinente acotar que de conformidad con el artículo 3 de la ley Nº 28864, la ubicación física de ZEEDEPUNO se determinará por Decreto Supremo aprobado por el Consejo de Ministros, y si tal decisión todavía no la ha tomado el Ejecutivo, mal podría este poner obstáculos a través del Mincetur o del Ministerio de Economía y Finanzas al proyecto de preinversión de la Zeedepuno. Cabe agregar que en el citado informe 057-2007-GR-PUNO se señala que con la finalidad que el proyecto de la Zeedepuno no se quede sin presupuesto, se asignó la suma de S/. 1,322,580.00, financiado por la fuente de Canon y Sobrecanon; sin embargo, en la presentación que el Gobierno Regional hizo en el Congreso el 17.03.08 no se ha mostrado documentos que acrediten tal asignación. No solo eso, señala que los 5 millones de nuevos soles se habrían invertido en proyectos viales y en el mejoramiento de 2 centros educativos, por lo que resulta cuestionable que dos gerentes regionales y el mismo presidente regional brinden información tan distinta. De otro lado, conforme a la información proporcionada por el presidente del gobierno regional, el presupuesto asignado en el 2007 al mejoramiento de la carretera desvío Huancané - Putina ascendería a S/. 7 826 900.00 nuevos soles (no sabemos si esta cifra incluye los casi tres millones de soles sacados indebidamente del presupuesto de Zeedepuno), de los cuales se afirma haber ejecutado S/. 6 618 085.44 nuevos soles, faltando ejecutar S/. 1 208 814.56 nuevos soles11. Si esto es así no se entiende por que el gobierno regional tuvo que disponer de los fondos propios de Zeedepuno. De igual forma, es extraño que posteriormente el mismo Ing. José Aparicio Castro Quispe, Gerente General del Gobierno Regional, decida presentar una nueva justificación12 respecto al uso distinto de la partida de la Zeedepuno, alegando esta vez la autonomía económica de los gobiernos regionales y la facultad de realizar modificaciones presupuestarias a nivel funcional programático. Empero, en estricta aplicación del artículo 9 de la Ley Nº 27783, Ley Bases de la Descentralización, la autonomía económica, esto es, la facultad de crear, recaudar y administrar las rentas es respecto A LOS INGRESOS PROPIOS y no de fondos respecto de los cuales solo debe ejercer una supervisión, como es caso de la Zeedepuno. En suma, cabe precisar lo siguiente:Si bien la partida presupuestaria fue asignada al Gobierno Regional del departamento de Puno, ello solo se dio debido a que de acuerdo ala ley N°29014,la ZEEDEPUNO esta adscrita a este Gobierno Regional con el propósito de que este supervise su funcionamiento, mas no se atribuye facultades de disposición de sus recursos. En efecto, la norma antes referida establece que en el ejercicio de la supervisión que en el gobierno regional realice, deberá respetar la autonomía administrativa, técnica, económica y financiera de la ZEEDEPUNO. Los 5 millones de nuevos soles NO SON RECURSOS PROPIOS del Gobierno Regional de Puno respecto a los cuales podría ejercer su autonomía económica, por el contrario, son recursos asignados exclusivamente a la implementación de la ZEEDEPUNO por lo que su uso distinto, aduciendo argumentos que carecen de sustento alguno, no solo a truncado la posibilidad de implementar la zona especial sino que configura la comisión de infracciones administrativas de conformidad con el articulo de la Ley N°28411 *, Ley general del sistema Nacional del Presupuesto. Asimismo , el darle uso distinto aquel al que esta destinado por mandato de la Ley configura el delito de malversación de fondos, tipificado en el articulo 389 .- el funcionario o servidor publico que da el dinero o bienes que administra un aplicación definitiva diferente que aquella halos que están destinados , afectando el servicio o la función encomendada, Articulo 65.-incumplimiento de las disposiciones del sistema Nacional de Presupuesto |
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